Traducción de títulos oficiales, diplomas, certificados, expedientes académicos, convalidaciones de títulos
Los documentos oficiales expedidos por autoridades e instituciones de enseñanza para ser utilizados en otros países independientemente de su origen necesitan ser traducidos.
En España, para la que la traducción sea válida el traductor/intérprete deberá formar parte de la “lista actualizada de traductores-intérpretes jurados” que publica el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, MAEC. Así pues, el contenido de la traducción oficial debe coincidir con la totalidad del documento original, incluido el procedimiento de la legalización y el sello del intérprete/traductor.
Para la homologación de un título extranjero a un título español de diplomado, ingeniero, arquitecto la documentación necesaria es la siguiente:
- Certificación acreditativa de la nacionalidad del solicitante con la fotocopia compulsada del DNI o pasaporte y con la correspondiente traducción jurada
- El titulo original o certificación original que acredite su expedición junto con la traducción jurada (en caso de que esté en un idioma extranjero).
- Certificación académica de los estudios cursados (curso académico, asignaturas, horas, créditos, junto con la traducción jurada (en caso de que esté en un idioma extranjero).
En cualquier caso la documentación en concreto dependerá de los convenios suscritos con el país de origen.